La Nueva Justicia Laboral, que moderniza la forma de resolver los conflictos en los tribunales de nuestro país, a través de un sistema oral, público y rápido, consagra el derecho de todos los trabajadores de escasos recursos, que tengan un conflicto con sus empleadores, a contar con asistencia jurídica gratuita y especializada.
Este derecho se cumple en nuestra Institución a través de Oficinas de Defensoría Laboral, que cuenta con profesionales especialistas en la materia para otorgar a los trabajadores dicha asistencia jurídica y, si es necesario, patrocinio en juicio, en las siguientes materias:
Recomendaciones para una atención más rápida y efectiva
- Haga previamente el reclamo ante la Inspección del Trabajo.
- Procure tener el nombre completo, RUT y domicilio de su empleador (un domicilio donde pueda ser notificado).
- Fíjese en que el acta de la Inspección del Trabajo esté completa y que mencione claramente todas sus reclamaciones y todos los documentos que usted presentó.
- Al ir a la Oficina de Defensa Laboral, lleve todos los documentos pertinentes que estén en su poder:
- Contrato de Trabajo
- Últimas 3 liquidaciones de sueldo
- Carta de despido
- Acta de reclamo y acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo
- Certificado consolidado de pago de cotizaciones de AFP, cesantía y salud
RECUERDE QUE LAS ACCIONES JUDICIALES EN MATERIA LABORAL TIENEN PLAZOS BREVES. CUANDO TENGA UN CONFLICTO, NO SE DEMORE EN CONSULTAR.
Criterios de Atención
- Tratarse de trabajadores regidos por el Código del Trabajo
- Que ingreso líquido sea igual o inferior a 2,36 IMM.
- Para casos por fuero materno, el ingreso liquido debe ser igual o inferior a 4,72 IMM.
Procedimientos
La nueva Justicia Laboral atiende 5 procedimientos:
Ordinario o de aplicación general: Incluye aquellos procedimientos por accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, desafueros, desahucios, indemnizaciones, fueros, imposiciones, pensiones, remuneraciones.
De tutela laboral: Es aplicado en situaciones laborales que afectan algunos de los derechos fundamentales de los trabajadores consagrados en la Constitución Política. Ejemplos: Actos discriminatorios por raza, sexo, edad, religión, opinión política; infracciones por prácticas desleales o antisindicales y negociación colectiva, entre otras.
Monitorio: Se trata de aquellos procedimientos por reclamos o demandas de menor cuantía que sean iguales o menores a 10 ingresos mínimos mensuales. Se trata que el procedimiento sea breve (iniciado ante la Inspección del Trabajo) y que sea visto en una sola audiencia.
Ejecutivo: Tal como lo señala su nombre, se trata de un procedimiento forzado o ejecutivo. Es decir, se trata de una sentencia que se debe hacer cumplir.
De Reclamación de Multas y demás Resoluciones Administrativas: Procedimiento que se da en el caso que la Inspección del Trabajo curse multa administrativa a un empleador o dicte resoluciones de su competencia.

El programa (PMA) es el encargado de entregar una defensa jurídica especializada, interdisciplinaria e independiente, a niños, niñas y adolescentes (NNA) que se encuentran en modalidades alternativas de cuidado, con el objetivo fundamental de asegurar una defensa técnica especializada, construida a partir de los aportes profesionales de una tripleta compuesta por un abogado, un psicólogo y un trabajador social, ejerciendo los mecanismos judiciales y extrajudiciales correspondientes a fin de obtener el resguardo efectivo de los derechos de los NNA, promoviendo su retorno a una vida en familia (ya sea de origen, de acogida o a través de un proceso de adopción) y el acceso a servicios que posibiliten una reparación del daño causado.
Destaca la independencia del Programa, que, en su misión de proteger y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes a quienes representa, puede accionar en contra del Estado, y sus distintos ministerios, servicios y organismos, así como en contra de cualquier persona o institución que sea responsable de vulneraciones, sean o no constitutivas de delito.
Parte fundamental del modelo lo constituye la exigencia de entrevistar u observar de manera presencial y en condiciones de confidencialidad a cada NNA a lo menos una vez al mes, o cada vez que se acerque una audiencia, o cuando el NNA, residencia o programa FAE lo requiera. La cercanía y confianza entre los equipos y sus representados son la base de la intervención.
El Programa Adulto Mayor (PAM); una dupla especializada entre abogada/o y Trabajador/a social, brinda atención preferente y representación jurídica especializada a personas mayores a partir de los 60 años, mejorando así el acceso a la justicia.
¿Qué materias abordamos?
- Maltrato contra la persona mayor.
- Violencia intrafamiliar contra la persona mayor.
- Abuso patrimonial.
¿Qué servicios entregamos?
- Orientación e Información a las Personas Mayores sobre sus dudas o consultas en el área jurídica y/o social.
- Difusión de derechos y prevención de conflictos a la comunidad.
- Realizando alternativas no judiciales para resolver conflictos.
- Representando y defendiendo a las Personas Mayores en determinadas materias ante los Tribunales de Justicia.