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Corporación de Asistencia Judicial Biobío
Somos tu acceso a la Justicia

CAJ Biobio

La Nueva Justicia Laboral, que moderniza la forma de resolver los conflictos en los tribunales de nuestro país, a través de un sistema oral, público y rápido, consagra el derecho de todos los trabajadores de escasos recursos, que tengan un conflicto con sus empleadores, a contar con asistencia jurídica gratuita y especializada.

Este derecho se cumple en nuestra Institución a través de Oficinas de Defensoría Laboral, que cuenta con profesionales especialistas en la materia para otorgar a los trabajadores dicha asistencia jurídica y, si es necesario, patrocinio en juicio, en las siguientes materias:

Recomendaciones para una atención más rápida y efectiva

  • Haga previamente el reclamo ante la Inspección del Trabajo.
  • Procure tener el nombre completo, RUT y domicilio de su empleador (un domicilio donde pueda ser notificado).
  • Fíjese en que el acta de la Inspección del Trabajo esté completa y que mencione claramente todas sus reclamaciones y todos los documentos que usted presentó.
  • Al ir a la Oficina de Defensa Laboral, lleve todos los documentos pertinentes que estén en su poder:
    • Contrato de Trabajo
    • Últimas 3 liquidaciones de sueldo
    • Carta de despido
    • Acta de reclamo y acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo
    • Certificado consolidado de pago de cotizaciones de AFP, cesantía y salud
RECUERDE QUE LAS ACCIONES JUDICIALES EN MATERIA LABORAL TIENEN PLAZOS BREVES. CUANDO TENGA UN CONFLICTO, NO SE DEMORE EN CONSULTAR.

Criterios de Atención

  1. Tratarse de trabajadores regidos por el Código del Trabajo
  2. Que ingreso líquido sea igual o inferior a 2,36 IMM.
  3. Para casos por fuero materno, el ingreso liquido debe ser igual o inferior a 4,72 IMM.

Procedimientos

La nueva Justicia Laboral atiende 5 procedimientos:

Ordinario o de aplicación general: Incluye aquellos procedimientos por accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, desafueros, desahucios, indemnizaciones, fueros, imposiciones, pensiones, remuneraciones.

De tutela laboral: Es aplicado en situaciones laborales que afectan algunos de los derechos fundamentales de los trabajadores consagrados en la Constitución Política. Ejemplos: Actos discriminatorios por raza, sexo, edad, religión, opinión política; infracciones por prácticas desleales o antisindicales y negociación colectiva, entre otras.

Monitorio: Se trata de aquellos procedimientos por reclamos o demandas de menor cuantía que sean iguales o menores a 10 ingresos mínimos mensuales. Se trata que el procedimiento sea breve (iniciado ante la Inspección del Trabajo) y que sea visto en una sola audiencia.

Ejecutivo: Tal como lo señala su nombre, se trata de un procedimiento forzado o ejecutivo. Es decir, se trata de una sentencia que se debe hacer cumplir.

De Reclamación de Multas y demás Resoluciones Administrativas: Procedimiento que se da en el caso que la Inspección del Trabajo curse multa administrativa a un empleador o dicte resoluciones de su competencia.

El programa (PMA) es el encargado de entregar una defensa jurídica especializada, interdisciplinaria e independiente, a niños, niñas y adolescentes (NNA) que se encuentran en modalidades alternativas de cuidado, con el objetivo fundamental de asegurar una defensa técnica especializada, construida a partir de los aportes profesionales de una tripleta compuesta por un abogado, un psicólogo y un trabajador social, ejerciendo los mecanismos judiciales y extrajudiciales correspondientes a fin de obtener el resguardo efectivo de los derechos de los NNA, promoviendo su retorno a una vida en familia (ya sea de origen, de acogida o a través de un proceso de adopción) y el acceso a servicios que posibiliten una reparación del daño causado.

Destaca la independencia del Programa, que, en su misión de proteger y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes a quienes representa, puede accionar en contra del Estado, y sus distintos ministerios, servicios y organismos, así como en contra de cualquier persona o institución que sea responsable de vulneraciones, sean o no constitutivas de delito.

Parte fundamental del modelo lo constituye la exigencia de entrevistar u observar de manera presencial y en condiciones de confidencialidad a cada NNA a lo menos una vez al mes, o cada vez que se acerque una audiencia, o cuando el NNA, residencia o programa FAE lo requiera. La cercanía y confianza entre los equipos y sus representados son la base de la intervención.

El Programa Adulto Mayor (PAM); una dupla especializada entre abogada/o y Trabajador/a social, brinda atención preferente y representación jurídica especializada a personas mayores a partir de los 60 años, mejorando así el acceso a la justicia.

¿Qué materias abordamos?

  • Maltrato contra la persona mayor.
  • Violencia intrafamiliar contra la persona mayor.
  • Abuso patrimonial.

¿Qué servicios entregamos?

  • Orientación e Información a las Personas Mayores sobre sus dudas o consultas en el área jurídica y/o social.
  • Difusión de derechos y prevención de conflictos a la comunidad.
  • Realizando alternativas no judiciales para resolver conflictos.
  • Representando y defendiendo a las Personas Mayores en determinadas materias ante los Tribunales de Justicia.

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