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Dirección General desarrolla exitosa elección de representantes para el Comité Paritario de Higiene y Seguridad 2025-2027

Dirección General desarrolla exitosa elección de representantes para el Comité Paritario de Higiene y Seguridad 2025-2027

• Más de 80% de las funcionarias y funcionarios que componen la unidad participaron del proceso desarrollado el miércoles 04 de junio en Concepción.

Con más de un 80% de participación, las funcionarias y funcionarios de la Dirección General de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío eligieron a quienes los representaran en el Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS), para el periodo 2025-2027. 

El proceso se llevó a cabo el miércoles 04 de junio, en coordinación con la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), en el marco del cumplimiento de las políticas de higiene y seguridad reguladas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 

De esta forma, el CPHS de la Dirección General quedó conformado de la siguiente manera:

Representantes de las trabajadoras y los trabajadores:

Titulares:

  • INÉS ESPINACE BASCUÑAN.
  • SANDRA BUJES HERMOSILLA.
  • ESTEBAN VEGA GARRIDO.

Suplentes

  • MIRTA CUEVAS MALDONADO.
  • LUIS NÚÑEZ OVIEDO.
  • PAULA BASTÍAS CEA.

Representantes del Empleador:

Titulares: 

  • ELIZABETH VELOZO RAMOS 
  • ADRIANA AGUAYO NANCABIL
  • PATRICIO INYACO OLAVE 

Suplentes: 

  • MARTIN TAUB SUAZO 
  • TERESA MUÑOZ VENEGAS 
  • CLAUDIA OÑATE KOSELLY

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es una unidad técnica de trabajo conjunto entre la empresa y los trabajadores, que sirve para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que pudieran sufrir los trabajadores.

Los comités paritarios son obligatorios en toda empresa, faena, sucursales o agencia en que trabajen más de 25 personas.

Sus funciones son: 

  • Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
  • Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  • Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
  • Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador o no.
  • Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
  • Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
  • Promover la realización de cursos de capacitación profesional para los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.
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